El pasado mes de noviembre el SAT puso en marcha el nuevo esquema de cancelaciones que será usado por los contribuyentes de ahora en adelante. Básicamente este esquema lo que plantea es que un emisor no podrá cancelar facturas arbitrariamente sin el consentimiento del receptor, bajo ciertas situaciones, lo que genera menos problemas en los receptores de cfdi con sus contabilidades.
No siempre necesitará la aceptación del receptor para poder cancelar un CFDI, estos son los principales casos en los que podrá cancelar un CFDI inmediatamente sin consentimiento alguno por parte del receptor:
Cualquier CFDI que se haya emitido y que esté fuera de las consideraciones mencionadas en el punto anterior deberán seguir el siguiente procedimiento para poder ser cancelados:
Es importante destacar que el emisor debe estar atento a la respuesta que se dé a sus solicitudes pues al solicitar una cancelación no implica que esta siempre vaya a ser aceptada y, si así lo decide el receptor, dicho comprobante quedaría como vigente y debe ser considerado en su contabilidad.
En nuestra plataforma tenemos procesos automáticos que le indican cuando sus solicitudes que se encuentren en proceso de cancelación sean efectivamente llevadas a cabo lo que marca el CFDI como cancelado en el sistema y crea su representación impresa (archivo PDF) para que sepa que la solicitud procedió como lo esperaba.
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