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Complemento de pagos CFDI 3.3

** Este artículo ha sido actualizado el 19 de septiembre con los ajustes que el SAT realizó en los catálogos

A partir de la entrada en vigor de la versión 3.3 del CFDI se han puesto en marcha las diversas disposiciones que el SAT ha determinado con el objetivo de tener un mayor y mejor control de las actividades que los contribuyentes realizan cotidianamente. Una de las más importantes cuestiones a tomar en cuenta es la integración de comprobantes de tipo Pago que se tendrán que realizar al momento de recibir cada uno de los pagos que un cliente nos haga por un CFDI elaborado junto con el correcto uso de los campos Método de pago y Forma de pago.

Esta acción se llevará a cabo mediante la integración del famoso Complemento de pagos dentro del CFDI. Para hacer lo más entendible posible el cumplimiento de estas disposiciones plantearemos las diferentes alternativas junto con algunos ejemplos:


1. Realización del CFDI pagado en ese momento.

Si usted va a realizar un CFDI por un producto o servicio que fue pagado anteriormente o está siendo pagado en el momento de la elaboración del comprobante entonces elaborará su comprobante de tipo Ingreso y en el campo Forma de pago establecerá como está siendo pagado este CFDI y para el caso de método de pago registrar (PUE) Pago en una sola exhibición. En este caso usted no empleará el Complemento de pagos.

Esta modalidad solo aplica si se va a pagar el importe del CFDI en su totalidad, de lo contrario usted se encuentra en el caso siguiente.


2. Creación de CFDI que del cual no se recibe pago al momento de su elaboración.

Si usted va a elaborar un comprobante por algún producto o servicio que será pagado a futuro entonces debe realizarlo de la siguiente manera:

  • Emitir un CFDI tipo Ingreso en el momento que está recibiendo vendiendo el producto o servicio y en el método de pago la opción (PPD) Pago en parcialidades o diferido por el total del producto o servicio, por ejemplo una computadora con valor de $12,000.00 y en el campo de forma de pago registrar (99) Por definir.
  • Cuando usted reciba el pago de la computadora deberá generar un CFDI tipo Pago con las especificaciones mencionadas anteriormente.
  • Si usted recibe uno o más pagos para liquidar los $12,000.00 de la computadora deberá emitir un comprobante tipo pago por cada uno de los pagos que usted reciba.

Cabe destacar que NO se debe registrar una forma de pago que de antemano se sepa que va a ser aplicada, esto quiere decir que si usted cree o el cliente le dice que le va a pagar por medio de una transferencia pero esta no ha sido hecha en el momento de estar elaborando el comprobante entonces usted DEBE registrar la forma de pago (99) Por definir y posteriormente emitir sus comprobantes de tipo pago por cada pago que reciba.

La mayoría de los contribuyentes actualmente elaboraban de esta manera sus CFDI en la versión 3.2 donde especificaban en el Método de pago la manera en la que el cliente les iba a pagar en el futuro, esto siempre estuvo mal y con estos cambios el SAT busca que los contribuyentes pongan información totalmente verídica en los CFDI por ello le invitamos a que siga los lineamientos establecidos y evitar problemas a futuro. De igual manera usted al adquirir productos y servicios verifique que los comprobantes que le sean emitidos manejen adecuadamente estos requisitos para evitar cualquier conflicto con el SAT.

En Facturación Administrativa como siempre lo hacemos, hemos adecuado la plataforma para generar cada uno de estos comprobantes de la manera más fácil llevándolo de la mano y completando la mayor información posible por usted, además hemos colocado temas específicos en el Centro de ayuda dentro de la cuenta de los clientes con ejemplos paso a paso para el llenado de este tipo de comprobantes facilitando su comprensión y elaboración.

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